Benefíciate de
hasta 12.000€
con los bonos
del
Kit Digital

En Webpublication te ayudamos a crecer digitalizando y mejorando la presencia online de tu empresa.

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Programa Kit Digital cofinanciado por los fondos Next Generation (EU) del Mecanismo de Recuperación y Resilencia

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¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que te acompaña en tu proceso de transformación digital. Para que gracias a la tecnología puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

Las ayudas estarán determinadas en función de los siguientes segmentos:

  • Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
  • Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.
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Descárgate la Guía rápida para saber más.

¿Qué hacemos
en Webpublication?

En Webpublication somos expertos en la creación de publicaciones digitales, lo que nos permite ayudar y asesorar a las marcas y compañías para que hagan una transición sencilla de sus publicaciones impresas a los canales digitales y así su inversión sea más rentable.

Y es que en Webpublication tenemos más de 13 años en España a la vanguardia de las tendencias del mundo digital, impactando de forma positiva en el negocio de nuestros clientes con una solida e innovadora plataforma para la creación de publicaciones digitales que se ajusta a sus necesidades.

Una vez concedido el Bono Digital, con Webpublication puedes adquirir soluciones digitales que hayan sido previamente autorizadas en cualquiera de las siguientes categorías:

Sitio Web y Presencia
en Internet

Hasta 2.000€

Te ayudamos a hacer la transición al mundo digital con potentes publicaciones interactivas (revistas, catálogos, dossier de prensa...) dando a tu negocio visibilidad en internet.

Comercio
Electrónico

Hasta 2.000€

Conecta tu e-commerce a tus publicaciones, facilita a tus clientes la adquisición de productos desde el catálogo digital interactivo. Agrega una "Wishlist" te permite generar más clientes potenciales.

¿Hablamos?

¿Crees que podrías beneficiarte de esta ayuda? Contacta con uno de nuestros expertos digitales hoy.

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Preguntas frecuentes

¿A quién va dirigido el Programa Kit Digital?

La intención del Programa Kit Digital es asistir a pequeñas empresas, microempresas y autónomos o emprendedores para que adquieran las herramientas necesarias de digitalización que están disponibles en el mercado.

¿Quién participa en el programa de Kit digital?

Este programa va dirigido a tres clases de entidades diferentes: (1) las empresas beneficiarias, que recibirán este tipo de apoyo para adquirir las soluciones digitales, (2) los intermediarios digitalizadores, que ofrecerán o instalarán dichas soluciones digitales y (3) los organismos que participan en este proceso, que en nombre y por cuenta de la entidad concedente cooperarán en la administración de las ayudas.

¿Cuándo puedo solicitar el Bono Digital?

La ayuda se puede solicitar una vez se publiquen las correspondientes convocatorias y se dispondrá de un plazo de 3 meses para la presentación de solicitudes. Estas convocatorias pueden además establecer requisitos adicionales, tales como tener una antigüedad de actividad mínima. En el caso que se cumplan los requisitos, el criterio de concesión será por orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Desde Webpublication queremos que estés puntualmente informado y ayudarte a que consigas la ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¿Qué requisitos necesito para solicitar el Kit digital?

  1. Ser una pequeña empresa o microempresa
  2. Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral
  3. Que la empresa no este en una situación precaria o de crisis
  4. Estar al día en el pago de impuestos y de la Seguridad Social
  5. No estar pendiente de una orden de recuperación por parte de la Comisión Europea debido a una declaración de ayuda ilícita e incompatible con el mercado común.
  6. No estar acusado en ninguna de las otras prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  7. No exceder los márgenes de ayudas de minimis
  8. Contar con la valoración del Nivel de Madurez Digital según el examen de evaluación que se facilita en la plataforma Acelera pyme

¿Cómo puedo elegir al agente digitalizador?

A través de un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización se oficializará la relación entre la empresa solicitante de la ayuda y las entidades digitalizadoras en el marco de estas bases, que asimismo recogerá las diferentes acciones que se llevarán a cabo, el periodo de implementación, las obligaciones entre cada uno de los participantes en relación con la ayuda concedida, y el montante del «bono digital» aplicable. Cada convocatoria pondrá de manifiesto el modelo del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

¿Cómo puedo utilizar el bono digital?

El sujeto benefactor de la ayuda, cuyo derecho de cobro se llama «bono digital», deberá utilizarla para contratar una o diferentes soluciones digitales que se pueden encontrar en un Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa que aparece en la plataforma Acelera pyme, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.

¿Cómo disfruto de la ayuda?

Una vez concedido el Bono Digital, dispondrás de un plazo para formalizar el contrato y Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, con un Agente Digitalizador, para todas o alguna de las categorías de soluciones digitales disponibles. El Agente Digitalizador reducirá de su factura el importe de la ayuda concedida, y será el encargado realizar los trámites necesarios para cobrarla directamente del organismo gestor del programa.

¿Qué pasa si no consumo el Bono Digital?

En el caso que no formalizaras acuerdos de prestación de soluciones digitales en los plazos establecidos, perderás el derecho al Bono Digital y por tanto no podrás disfrutar de la ayuda. Recuerda que como beneficiario de la ayuda no recibes ningún importe, sino que disfrutas de una reducción en la factura correspondiente a la implantación de la solución digital. Por eso es importante que no dejes pasar estar oportunidad de mejorar tu competitividad y tu nivel de madurez digital a través de la implantación de soluciones digitales. Desde Webpublication queremos ayudarte a conseguirlo.

¿Qué tipo de soluciones digitales recoge el programa de Acelera Pyme?

Analítica web, aumento de la presencia en internet, diseño y mejora del sitio web, mejora de las relaciones con los clientes a través de la digitalización, gestión de redes sociales, business intelligence y la puesta en marcha del comercio electrónico.

¿Qué tipo de empresas pueden solicitar el programa de Kit Digital?

Segmento 1: Pequeñas empresas (entre 10 y menos de 50 trabajadores) Segmento 2: Pequeñas empresas o Microempresas (entre 3 y menos de 10 trabajadores) Segmento 3: Pequeñas empresas o microempresas (entre 0 y menos de 3 trabajadores) Los autónomos están considerados a pertenecer a todos los segmentos, dependiendo del número de empleados que tenga contratados.

¿De cuánto dinero consta la ayuda del Bono Digital?

Para el Segmento 1 consta de hasta 12.000 euros. Para el Segmento 2 consta de hasta 6.000 euros. Para el Segmento 3 consta de hasta 2.000 euros.

¿Quién se encarga del pago de la prestación?

El sujeto beneficiado llevará a cabo el pago de la ayuda a través de la cesión al Agente Digitalizador Adherido de la parte del «bono digital» vinculado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito, y el abono de la parte pertinente de los costes no subvencionados.

¿Quién se encarga de gestionar las ayudas?

La Entidad Pública Empresarial Red.es que forma parte del Ministerio de Asuntos Económicos y de Transformación Digital gestionará las subvenciones. Sin embargo, se calcula que la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España actúe en nombre y por cuenta del órgano que concede las ayudas, como entidad colaboradora, para seguir y controlar las subvenciones otorgadas, según las cláusulas del correspondiente Convenio.

¿Cómo se concederán las ayudas?

Las subvenciones se otorgarán de acuerdo a su orden de demanda, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva, según el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la ayuda de Kit digital?

Se podrán presentar las solicitudes en un plazo de tres meses desde el momento en el que se publique la correspondiente convocatoria, o superior en el caso de que se fije otro plazo. Dicho periodo finalizará antes si se acabara el presupuesto total de la convocatoria.

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